Obras de Reordenación de Acerados en la C/ San José de Puertollano

Datos básicos

Número de expediente
17458/2025
Descripción
Obras de Reordenación de Acerados en la C/ San José de Puertollano
Tipo de contrato
Obras
Fechas
Vencimiento: 01/12/2025
Clasificación CPV
45233330 Trabajos de cimentación de calles.
45231300 Trabajos de construcción de tuberías para agua y aguas residuales.
45262500 Trabajos de mampostería y albañilería.
45316000 Trabajos de instalación de sistemas de alumbrado y señalización.
45233340 Trabajos de cimentación de aceras.
Lugar de Ejecución
(código NUTS) ES422 - Ciudad Real - PUERTOLLANO

Importes

Presupuesto base de licitación sin impuestos
70.784,52 €
Importe de licitación (CON IVA)
85.649,27 €
Valor estimado del contrato
70.784,52 €

Proceso de Licitación

Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinaria
Presentación de la oferta
Electrónica

Condiciones de Licitación

Garantía Requerida Definitiva

Porcentaje:

5 %

Requisitos de participación de los licitadores

Condiciones de admisión:

No estar incurso en incompatibilidades

Criterio de Solvencia Técnica-Profesional:

Trabajos realizados - Todos los licitadores que se presenten a la presente licitación deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o cuando proceda, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 de la LCSP, en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas. A estos efectos, también se considerará admisible la proposición del licitador que acredite haber presentado la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro junto con la documentación preceptiva para ello, siempre que tal solicitud sea de fecha anterior a la fecha final de presentación de las ofertas. La acreditación de esta circunstancia tendrá lugar mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y de una declaración responsable de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación (art. 159.4.a) LCSP).
En el presente caso, al tratarse de un contrato de obras por importe inferior a 500.000 euros, y a tenor de lo dispuesto en el art. 77 LCSP, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Clasificacion: Grupo C (Edificaciones). Subgrupo: 6 (Pavimentos, solados y alicatados). Categoría: 1 (cuantía inferior o igual a 150.000 euros) o bien acreditando los requisitos de solvencia económica y financiera, así como técnica y profesional siguientes
Relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, o en los últimos diez años si pertenecen a alguno de los subgrupos incluidos en la relación a la que se refiere el apartado 88.1.a, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato (excluido IVA).

Criterio de Solvencia Económica-Financiera:

Seguro de indemnización - Todos los licitadores que se presenten a la presente licitación deberán estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o cuando proceda, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 96 de la LCSP, en el Registro Oficial de la correspondiente Comunidad Autónoma, en la fecha final de presentación de ofertas. A estos efectos, también se considerará admisible la proposición del licitador que acredite haber presentado la solicitud de inscripción en el correspondiente Registro junto con la documentación preceptiva para ello, siempre que tal solicitud sea de fecha anterior a la fecha final de presentación de las ofertas. La acreditación de esta circunstancia tendrá lugar mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y de una declaración responsable de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación (art. 159.4.a) LCSP).
En el presente caso, al tratarse de un contrato de obras por importe inferior a 500.000 euros, y a tenor de lo dispuesto en el art. 77 LCSP, el empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación en el Clasificacion: Grupo C (Edificaciones). Subgrupo: 6 (Pavimentos, solados y alicatados). Categoría: 1 (cuantía inferior o igual a 150.000 euros) o bien acreditando los requisitos de solvencia económica y financiera, así como técnica y profesional siguientes
Se acreditará según se establece en el art. 87.1.b) de la LCSP, mediante un justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior a 300.000 euros.

Últimas modificaciones

Documento Publicación
Anuncio de Pliegos 11-11-2025
Anuncio de Licitación 11-11-2025

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