Suministro de electrónica de red de acceso en los edificios municipales
Datos básicos
32410000 Red de área local.
Importes
Proceso de Licitación
Condiciones de Licitación
Garantía Requerida Definitiva
5 %
Requisitos de participación de los licitadores
Capacidad de obrar
Trabajos realizados - La solvencia técnica-profesional del empresario deberá acreditarse, conforme al artículo 89 de la
LCSP, por el siguiente medio:
Aportando la relación de los principales suministros o trabajos realizados de igual o similar
naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres
últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los
mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por
ciento del valor estimado del contrato, siendo este 70%: 50.396,50 € sin IVA
El criterio para la acreditación de la solvencia técnica de empresas de nueva creación
entendiéndose por tal aquellas que tengan una antigüedad inferior a 5 años, de conformidad con el
art. 89.1 b) de la LCSP, podrá ser asimismo mediante la indicación del personal técnico o unidades
técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato,
especialmente los encargados del control de calidad. Deberá disponerse de al menos de un
Analista de red y sistemas con titulación mínima de grado o equivalente en Ingeniería informática o
de Telecomunicaciones (la persona titulada como de adscripción mínima).
Otros - La solvencia económica se acreditará, alternativamente, por alguno de los siguientes medios:
- Según lo establecido en el artículo 87.3 a) de la LCSP: El volumen anual de negocios del licitador
o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá
ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato. A tal efecto, dicho valor estimado por
1,5 = 107.992,50 € sin IVA
El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas
anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en
dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar
inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen
anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro
Mercantil.
- Al conllevar la prestación una configuración previa, mediante la disposición de un seguro de
responsabilidad civil por riesgos profesionales por un importe, al menos, equivalente a (90.000 €) €;
seguro que estará vigente durante el plazo de ejecución del contrato, incluidas las posibles
prórrogas.
El seguro cubrirá el cumplimiento del contrato y todas las responsabilidades, directas o indirectas,
derivadas de su ejecución o de su incumplimiento; incluyendo las consecuencias que se deriven,
daños y perjuicios que se pudiesen irrogar, tanto a esta Administración como a bienes y derechos
de terceros. Esta definición incluye la responsabilidad civil derivada de delito, de llegar a existir y en
tanto tuvieran repercusión en la propia municipal.
La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador,
en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y
mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del
seguro, en los casos en que proceda.
Últimas modificaciones
| Documento | Publicación | 
|---|---|
| 1756072800Anuncio de Licitación | 25-08-2025 | 
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